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Martes, 07 Febrero 2012

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OCUPACION DE LA VIA PUBLICA Imprimir
Se tramitan solicitudes de autorización para la instalación de quiosco-escaparate para la venta de diarios y revistas, para la colocación de mesas y sillas, puesto móvil para la venta de ladrillos, de temporada, de cítricos, frutas, etc. contemplados en el Capitulo VII, de la Ordenanza General Impositiva vigente.

Los interesados deberán presentar los siguientes requisitos:

1. Nota solicitando la autorización para la instalación del puesto fijo con parada fija, kiosco-escaparate, puesto de flores,etc.
2. Certificados de domicilio y de buena conducta.
3. Libreta Sanitaria.
4. Croquis donde será instalado el escaparate, puesto, quiosco o similar.
5. Autorización del frentista (a opción del municipio). Esta tendrá una validez de (6) seis meses, pasado dicho periodo se deberá presentar una nueva autorización.
6. Certificado de Uso Conforme.

En el caso de que por cualquier naturaleza, cambie la situación jurídica del frentista, de modo tal que el inmueble le deje de pertenecer, el ocupante de la vía pública  deberá presentar autorización del nuevo frentista.

En todos los casos, las autorizaciones otorgadas deberán contener:

a)  Nombre y Apellido, tanto del frentista como del ocupante de la vía publica.
b) Domicilio particular y comercial, y número de documento.
c) Cantidad de metros a ocupar.
d) Firma del frentista certificada por escribano público, juez de paz o autoridad bancaria.

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